En el marco de lo estipulado por la ley 19286 sobre el Código de Ética Medica, y por la ley 18331 de Protección de Datos Personales, reglamentada por el decreto 242/2017, se han efectuado conferencias informativas sobre la normativa vigente a efectos de asegurar la confidencialidad de los datos registrados en las Historias Clínicas Electrónicas en el entendido de que las mismas son propiedad de los usuarios, pudiendo acceder a las mismas aquellos profesionales que estén autorizados específicamente por el afiliado.
En el mismo sentido se informa que dicha confidencialidad corresponde no solo a los datos de los pacientes, sino también a toda información sensible que cada funcionario en uso de su tarea disponga.
A tales efectos se instrumento un “Acuerdo de Confidencialidad” que deberá ser suscrito por cada funcionario en el cual se definen las responsabilidades correspondientes.
De esta forma CAMS asegura a sus afiliados la confidencialidad de acuerdo a la normativa vigente.